"El aumento del valor de las propiedades genera intentos de aprovechamiento en Funes"
Paulo Andreani, del estudio Andreani y Asociados, explica todo lo que hay que saber para evitar dolores de cabeza a la hora de comprar un inmueble y para proteger nuestros derechos .
“En Funes, con el aumento significativo en la valuación de los inmuebles, se pueden observar muchos casos de turbaciones e intentos de despojos sobre estos, cuya titularidad registral se encuentra a nombre de personas humanas fallecidas o personas jurídicas extintas”, explica el profesor Paulo Andreani, del estudio Andreani y Asociados, que se especializa en Derecho de Propiedad Inmueble.
Y continúa con la explicación: “Esos inmuebles abandonados de hecho por su titular registral a la fecha se encuentran en posesión de otras personas (nuestros clientes). A estas últimas es a quien terceros de mala fe quieren despojar y nosotros los asesoramos para asegurarles la posesión. Vale la pena destacar que no es casualidad que siempre que aparecen estas terceras personas con ánimo de desapoderar o turbar, lo hagan sobre los inmuebles de titulares de este tipo. Esto obedece a que detrás de ello hay personas con acceso a base de datos para detectar que inmuebles pueden tener un derecho precario y tomarlos”.
Ante tamaña cuestión, le pedimos al doctor Andreani que nos explique cuáles son las cosas que tenemos que hacer para evitar problemas inesperados, a la hora de comprar una propiedad.
Nos respondió lo siguiente: “Debemos tomar el recaudo de consultar con un profesional del derecho para efectuar un estudio de título sobre la misma. Esto consiste en verificar que el derecho real sea de titularidad de la o las personas con la cuales estamos contratando, que la propiedad no se encuentre embargada, hipotecada o que el titular no se encuentre inhibido para contratar. Desde ya el acto jurídico debe formalizarse por escritura pública. Desaconsejamos todo otro tipo de contratación por instrumento privado, excepto bajo la supervisión de un profesional del derecho y solo en contados casos. También sugerimos no contratar con personas que quieran acelerar la contratación por diversas causas, sin esperar el resultado de estudio de título y que se efectúe en el marco de un boleto de compraventa redactado por cualquiera de las partes, caso que probablemente termine como víctima de una estafa, perdiendo el dinero, siendo comprador de mala fe por no efectuar estudio de títulos y sin inmueble porque otra persona tiene un mejor derecho”.
-¿Qué es una turbación y qué es un despojo? -le preguntamos para que quede bien claro todo.
-Una turbación resulta cuando de los actos que efectúa el tercero contra un poseedor (dueño) o tenedor (inquilino) no resulta la exclusión absoluta del inmueble (pero son molestias, ejemplo: las vacas del campo de mi vecino ingresan en mi campo y no me dejan trabajar tranquilo) o amenazas concretas de despojo. En cambio, hay despojo cuando de los hechos efectuados por el tercero ocurre la exclusión total o parcial del inmueble.
-¿Y qué es la usucapión?
-La usucapión o prescripción adquisitiva que mayormente trabajamos es la prescripción adquisitiva larga o usucapión larga sobre inmuebles. Es un instituto que otorga a una o más personas la adquisición de forma originaria de un derecho real. Es decir uno de los derecho más seguros otorgados para la propiedad según el Código Civil y Comercial. Su adquisición se da con la concurrencia de dos requisitos; 1) posesión continua y ostensible y 2) durante el plazo de 20 años. Con el solo transcurso del plazo se adquiere, pero luego requiere la pronunciación de un juez por medio de un juicio delicado y contencioso y su posterior inscripción en el Registro General de la Propiedad Inmueble para dar publicidad suficiente frente a terceros.
Por cualquier otra duda o por consultas, se puede comunicar -vía WhatsApp- con el estudio Andreani y Asociados al 3467 43-9429.
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