Sábado, 28 de Septiembre 2024
Miércoles, 06 de Septiembre del 2017

Confirmaron magra sentencia al femicida de Florencia Chanampa

<p>La condena al autor del asesinato, Araya Saldías, fue corroborada con 14 años, bajo carátula de homicidio simple.</p>

Vanesa Fresno - InfoFunes

 

El dictamen del año 2016 había sido cuestionado, paradójicamente, por la defensa del femicida Ramón Eugenio Araya Saldías, a cargo de su abogado Gregorio Gómez, quien entendía que la condena a 14 años por homicidio simple “es carente de fundamentos y arbitrario, que fue dictado por un juez parcial, y que debe por tanto ser revocado”. El fallo de la cámara penal de apelaciones ratificó la sentencia.

 

María Florencia Chanampa fue asesinada y descuartizada por su tío Ramón Ayala Saldías, el 6 de mayo del 2013, cuando la joven madre tenía tan solo 16 años. Su femicida había estado preso por abusar sexualmente de la víctima cuando era una niña, entre otras denuncias que no constaron en el expediente por el que se ratificó la condena a 14 años por homicidio simple.

 

Sin embargo la condena escueta, donde no se incluye la figura de femicidio como agravante, no fue apelada por la familia Chanampa tal como habían declarado su madre un año atrás: “Me dijeron que no iba a salir más de ahí adentro que me quede tranquila. La condena me sorprendió, esperaba más”.

 

Es que la apelación no fue a cargo de la familia de la víctima, convertida en querellante ante esta nueva instancia en la que el asesino apeló intentando reducir su condena. El abogado defensor del hombre destacó en esta última instancia que: “El Sr. Saldías no comprende la criminalidad de su acto, y que el mismo posee un coeficiente intelectual inferior no pudiendo entender las acciones que pueda llegar a realizar”. Por su parte, los abogados de la querella del Centro de Asistencia a la víctima remarcaron que el informe forense encontró al estado mental del acusado en “comprensión de los actos y la dirección de sus acciones”.

 

“Prueba de ello es el total manejo de la situación luego del hecho con la clara conciencia de que sabía que había matado; hizo diversas maniobras obstructivas para con la familia de la víctima que la buscaba en su casa, limpió los pisos, y para eludir la acción de la justicia descuartizó el cuerpo en catorce trozos enterrándolo en la cámara séptica del patio común de las tres fincas, una de las cuales donde moraba la víctima menor”, menciona el fallo por que los Dres. Carbone, Acosta y Depetris, jueces de la Cámara de Apelación en lo Penal confirmaron la sentencia apelada.