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Viernes, 24 de Septiembre del 2021

Se puede justificar no haber votado en las PASO en la oficina de la Defensoría en Funes

Hay tiempo hasta el 12 de noviembre y el turno debe gestionarse de manera online. Otras formas de realizar el trámite.

La delegación Funes de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe es uno de los puntos habilitados para realizar el trámite de justificación de la no emisión del voto en las elecciones nacionales y provinciales Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso) del pasado 12 de septiembre.

Con tiempo hasta el 12 de noviembre, para realizar el trámite en la oficina ubicada en Tomás de la Torre 1650 en el Centro Cívico Paseo de la Estación, es indispensable gestionar un turno previo a través de la página web de la defensoría

Una vez generado el turno, quienes deseen justificar su inasistencia por alguna de las razones previstas en el artículo 12 del Código Electoral Nacional deberán asistir a la oficina elegida el día y horario seleccionados con su documento y la constancia que justifique su inasistencia.

El trámite de justificación también puede realizarse de manera totalmente online ingresando al portal de Trámites a Distancia de la provincia (para los comicios provinciales) y al sitio de la Cámara Nacional Electoral (para los nacionales).

Para el caso del comicio provincial, deberán entrar a la plataforma de Autogestion. Allí podrán iniciar sesión con la clave fiscal de Afip o con la ID Ciudadana. En caso de no tener esta cuenta, podrán generarla ahí mismo. Una vez dentro del sistema, deberán ingresar en el buscador la palabra “Justificación” para que el sistema muestre el trámite. Una vez dispuesto, seleccionar Iniciar Trámite. Se podrá elegir allí la elección en cuestión, la razón de la ausencia y, posteriormente, se deberán adjuntar los comprobantes correspondientes. El seguimiento del trámite se realizará en la misma plataforma, en la pestaña Mis Trámites. Se puede consultar un instructivo online.

Para el caso de la elección nacional es necesario ingresar al portal del Tribunal Electoral . Allí se deberá completar el número de documento, distrito y un código de verificación. Al realizar la consulta el sistema informará el estado de asistencia a las elecciones previas y la actual. En caso de incumplimiento se dispondrá la posibilidad de justificar la inasistencia (adjuntando el documento correspondiente) o emitir la boleta para el pago de la multa.

De acuerdo con el Código Electoral Nacional, tienen justificada la inasistencia a votar:

  • Los jueces y sus auxiliares que debieron asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras duró el acto comicial.
  • Los que el día de la elección se encontraban a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.
  • Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impidiera asistir al acto.
  • El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento debieron realizar tareas que le impidieron asistir al comicio durante su desarrollo.

Documentación a presentar

Para el caso de quienes justifiquen su inasistencia por el primer y cuarto punto se deberá adjuntar una constancia donde se verifique el desempeño de sus funciones durante las horas en que se desarrolló el acto electoral. En el caso del punto dos un certificado extendido por la autoridad policial del lugar en donde encontraba el día del comicio. Y para el caso del tercer ítem un certificado extendido por médicos oficiales, provinciales o municipales (en ausencia de estos por médicos particulares).

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