Lunes, 25 de Noviembre 2024
Miércoles, 27 de Diciembre del 2023

Qué papeles se exigen para circular en auto y cuándo pueden retener el vehículo

La Agencia Provincial de Seguridad Vial confirmó que el seguro automotor y la RTO continúan siendo documentación obligatoria para circular. Los detalles.

La semana pasada, el Presidente de la Nación, Javier Milei, lanzó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que propone 300 derogaciones y modificaciones en distintas legislaciones. En ese contexto, uno de los cambios que generó más dudas fue el de los documentos obligatorios que hay que llevar a la hora de circular en auto.

En un principio, se había interpretado que la Verificación Técnica Vehicular (VTV) y el seguro automotor ya no eran obligatorios, motivo por el cual desde la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) aclararon cuáles son los documentos que sí o sí tiene que tener el conductor a la hora de salir a la calle.

El seguro automotriz y la RTO continúan siendo documentación obligatoria para circular. El DNU dictado por el Presidente NO modifica la obligatoriedad de contar con seguro ni exime de realizar la RTO”, explicaron desde el ente provincial, que luego agregó: “Ambas están legisladas en la Ley Nacional de Tránsito 24.449 que NO ha sido derogada. Es requisito obligatorio contar con seguro y RTO para circular ya que constituyen documentos importantes para la seguridad vial”.

Por lo tanto, los documentos obligatorios para circular son los siguientes:

  • Licencia de Conducir.
  • Cédula verde o azul.
  • Comprobante de seguro en vigencia.
  • Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).
  • Chapas patentadas colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
  • Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.


Por su parte, Sebastián Kelman, director de Capacitación y Comunicación de APSV, señaló a Rosario 3 que “la falta de parte de esta documentación genera una multa. En el caso de que el conductor circule sin registro, se le puede retener el vehículo hasta que se presente alguien con licencia vigente. Mientras que si el carnet está vencido, podrá seguir circulando pero se le labrará el acta”.

Además, explicó que la Agencia Provincial “está facultada a retener vehículos en  un montón de infracciones como puede ser la falta de licencia de conducir, o no tener renovada la RTO. En la práctica se retira siempre cuando hay alcoholemia positiva, pero también en situaciones extremas como por ejemplo si un vehículo está circulando sin luces durante la noche”.

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