Sábado, 28 de Septiembre 2024
Lunes, 01 de Noviembre del 2021

Etiquetado frontal: "Hay que valorar la ley más allá de las sellos de los envases"

Una especialista nos cuenta qué es, por qué es importante, qué beneficios trae y los cambios que tienen que implementar de ahora en más las industrias de alimentos.

La ley de etiquetado frontal lleva varios años de estudio y debate en la Argentina, con el objetivo de contribuir a contrarrestar la epidemia de sobrepeso y obesidad y garantizar el derecho de los consumidores a conocer los nutrientes que pueden dañar su salud. El pasado miércoles 27 de octubre luego de varias horas de debate en el congreso el proyecto fue aprobado y se convirtió en ley. 

El etiquetado frontal de alimentos y bebida analcohólicas es una advertencia sanitaria, mediante un sello color negro en forma de octágono, para que los consumidores sepan que están  frente a un producto que tiene: exceso en azúcares, exceso en sodio, exceso en grasas saturadas, exceso en grasas totales, o exceso en calorías. 

Asimismo, establece que los productos que tengan más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes.

Expertos afirman que la información nutricional actual es muy compleja de leer, los rótulos de los alimentos son demasiados pequeños y específicos, y están dirigidos a la correcta interpretación por profesionales en el tema. Es por eso que la población general necesita información sencilla para saber qué comprar y qué comer, un etiquetado accesible es fundamental para que los consumidores puedan tomar decisiones alimentarias que promuevan la salud.

“Creo que es un avance muy importante, un gran comienzo,  en nuestro país, y que le será más útil a la población, que los rotulados actuales. Esta ley debe ser valorada más allá de los sellos que estarán presentes en los envases. Apunta a dos factores clave de la industria de la alimentación: regulación de publicidad engañosa y disminución del consumo de alimentos ultraprocesados, que son en parte responsables de la epidemia de obesidad”, resaltó Belén Moine, nutricionista funense.


Pasos a seguir para las empresas alimentarias 

El proyecto de ley le da un plazo de 90 días al Poder Ejecutivo para reglamentar la ley. Pasado ese tiempo, las pymes tienen un año de margen para adecuarse a la ley, mientras que las grandes empresas tienen un plazo de seis meses hasta tener que exhibir los octógonos en sus productos. Asimismo, el proyecto prevé dos años de adecuación extra para aquellas firmas que inicien un proceso de adaptación de nutrientes. 

Si estos plazos no se cumplen se aplicarán las sanciones previstas por las leyes de Lealtad Comercial 22.802 y Defensa del Consumidor 24.240, según corresponda.

Por otra parte el artículo 21 dice que los alimentos y bebidas analcohólicas, cuya fecha de elaboración sea anterior a la entrada en vigencia de la ley, no se retirarán del mercado, pudiendo permanecer a la venta hasta agotar su stock.


“No obstante, a mi parecer también es una ley que tiene algunos puntos cuestionables. En primer lugar, no estoy a favor de demonizar alimentos, creo que no solo nos alimentamos en búsqueda de energía, sino que también somos seres deseantes en búsqueda de placer, por lo que creo que los consumidores cuando observen en las góndolas alimentos con sellos negros, deberían interpretarlo como una  advertencia, no como una prohibición, es decir, considero que todos los alimentos pueden formar parte de nuestra alimentación, siempre que la cantidad y frecuencia garanticen un equilibrio”, remarcó Belén sobre la ley.

Y continúo explicando: “Por otro lado, se estima que un 25 por ciento de los alimentos van a tener una gran cantidad de sellos negros, alimentos que en realidad son consideramos como saludables por muchos nutricionistas,  por lo que muchas veces,  la interpretación puede seguir siendo errónea”.

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