Jueves, 22 de Enero 2026
Miércoles, 21 de Enero del 2026

Atención monotributistas de Funes: ARCA confirmó las nuevas escalas y el calendario para la recategorización

El tiempo límite impuesto para poder cumplir con el trámite obligatorio será hasta el 5 de febrero. Las escalas y cuotas subieron 14,3% por inflación.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el sistema de recategorización semestral del Monotributo para el período 2026, con una prórroga especial que extiende el plazo original. El procedimiento, que es obligatorio para todos los pequeños contribuyentes de Funes cuyos parámetros de facturación hayan variado en el último año, incorpora un sistema de carga simplificada que informa automáticamente los montos facturados de manera electrónica.

Nuevos topes y parámetros para el primer semestre

Tras conocerse el dato inflacionario de diciembre (2,8%), ARCA actualizó las escalas basándose en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del segundo semestre de 2025. El incremento global es del 14,3%, impactando tanto en los topes de facturación permitidos como en el monto de la cuota mensual.

Para determinar si corresponde un cambio de categoría, los monotributistas funenses deben analizar su actividad entre enero y diciembre de 2025 bajo tres parámetros clave: 

  • Ingresos brutos acumulados 
  • Energía eléctrica consumida
  •  Alquileres devengados o superficie afectada al local comercial u oficina

El paso a paso del trámite

El proceso se realiza de forma digital a través del portal oficial de ARCA con CUIT y clave fiscal. El sistema ahora permite una "recategorización simplificada" para quienes solo utilizan factura electrónica: 

  1. Ingreso: Entrar a la web de ARCA y seleccionar la opción "Recategorizarme". 
  2. Verificación: El sistema mostrará los datos de facturación que tiene registrados. Si son correctos, se validan; de lo contrario, se pueden editar manualmente. 
  3. Confirmación: El algoritmo determinará la nueva categoría según los valores 2026. 
  4. Nueva credencial: Una vez confirmado, es fundamental imprimir el nuevo formulario para los pagos que vencen a partir del 20 de febrero.

Valores de las cuotas mensuales

Con la actualización, la cuota mínima (Categoría A) se fijó en $42.386,74, mientras que el tope máximo para servicios (Categoría K) asciende a $1.381.687,90. En el caso de quienes venden bienes muebles, la cuota máxima de la categoría K queda en $600.879,51.

Categoría A: $42.386,74.

Categoría B: $48.250,78.

Categoría C: $56.501,85 para servicios y $55.227,06 para la venta de productos.

Categoría D: para servicios $72.414,10, y $70.661,26 los que venden productos.

Categoría E: $102.537,97 (servicios) y $92.658,35 venta de cosas muebles;

Categoría F: $129.045,32 para los servicios, y para los que venden productos, de $111.129,27.

Categoría G: $197.108,23 para servicios y $135.918,34 para los productos.

Categoría H: para servicios a $447.346,93. Mientras, los que venden bienes, a $272.063,40.

Categoría I: la cuota mensual de $406.512,05 para quienes realizan ventas. Los que facturen por servicios y entren a la categoría, en tanto, abonarían $824.802,26.

Categoría J: a $497.059,14 para ventas y $999.007,65 en el caso de los servicios.

Categoría K: la cuota mensual será de $600.879,51. En servicios, ascenderá a $1.381.687,90.

Es importante destacar que aquellos vecinos que iniciaron su actividad hace menos de seis meses no tienen la obligación de recategorizarse. Tampoco deberán realizar el trámite quienes, tras revisar sus números, mantengan los mismos parámetros que su categoría actual.


Powered by Froala Editor