Viernes, 27 de Septiembre 2024
Jueves, 01 de Septiembre del 2016

Modifican criterios para elegir al Juez de Faltas

<p>Lo aprobó el Concejo el martes. El actual titular se jubiló y se espera que se nombre a su reemplazante. Habrá una terna de candidatos.</p>

El Concejo aprobó en su última sesión, la número 999, un proyecto de ordenanza que modifica los artículos 17 y 18 del Código Municipal de Faltas (ordenanza 015/92). Dichos artículos rigen la elección del Juez Municipal de Faltas, cargo hoy vacante ya que su titular anunció su jubilación.

El artículo 17 del Código Municipal de Faltas dice que para ser juez del sector se requiere ser ciudadano argentino, de buena conducta, mayor de 25 años, con dos años de radicación en el departamento Rosario y abogado, mientras que el artículo 18 dice que será elegido a proposición del intendente, con aprobación de mayoría simple del Concejo.

Con la modificación incluida, lo que el intendente propondrá al Concejo será una terna de candidatos (incluso podría mandar tres suplentes) y el legislativo será el encargado de analizar los currículums de los ternados, elegir uno para desempeñar el cargo y sancionarlo por mayoría simple.

En cuanto a la modificación del artículo 17, a partir de ahora se necesitan cinco años de residencia en Funes (no los dos años de residencia en el departamento), diez años de ejercicio de la abogacía y también el candidato deberá probar su conocimiento sobre derecho público y más precisamente régimen municipal.

Así las cosas, el nuevo proceso de elección del juez se asemeja un poco más a los modos de elección de los jueces federales y provinciales, con la única diferencia que esa terna, en esos casos, es elegida por un Consejo de la Magistratura.