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Viernes, 03 de Agosto del 2012

Aprueban marco regulatorio para las cámaras de seguridad

Fue votado por unanimidad en el Concejo. El proyecto, de los ediles oficialistas Sánchez y Herrero, supone el primer paso para la instalación de un sistema de monitoreo en la ciudad.

El Concejo aprobó sobre tablas y de manera unánime la Ordenanza que establece el marco regulatorio para el funcionamiento de videocámaras en la ciudad. Dicha aprobación supone el primer paso para la instalación de cámaras de seguridad en Funes.

El proyecto fue presentado por los ediles Adrián Sánchez y Claudio Herrero, del espacio oficialista Funes Mucho Mejor, y posee características similares a uno presentado por la intendenta Tomei cuando aún era edila y que perdió estado parlamentario.

El espíritu del Proyecto tiende a la regulación y control de las videocámaras de seguridad, pero también apunta al tratamiento de los datos personales que se obtienen a través de su utilización, para lo que se constituye un límite "claro y preciso" para su implementación y manejo, "teniendo como esencia el respeto a las libertades públicas de los ciudadanos".

En ese sentido, la Ordenanza considera que, si bien el Estado Municipal "debe constituirse como garante de la seguridad pública", esto no lo habilita a "una intromisión irracional o desproporcionada" en la vida privada de las personas. Por esto, el proyecto de ordenanza "encuentra un inexcusable y adecuado equilibrio" entre la llamada "video vigilancia" y la protección de derechos fundamentales y personalísimos al honor, a la imagen, a la intimidad y privacidad, entre otros.

El marco regulatorio aprobado indica que, previo a la instalación de videocámaras, el Ejecutivo deberá detallar los fundamentos que llevaron a la adopción de tal decisión, eltiempo de vigencia de la medida, el cual no podrá superar los seis meses, el tipo de cámara y sus cualidades técnicas, el lugar concreto de su ubicación, su objeto de observación, como también, el ámbito físico susceptible de ser grabado, y las condiciones de uso y la autoridad encargada de procesar y almacenar la información recabada.

Confidencialidad y acceso a la información
Uno de los puntos más sensibles en la introducción de videocámaras tiene que ver con el acceso a toda información obtenida como consecuencia de las grabaciones. Según la Ordenanza,  será restrictivo a los funcionarios que el Ejecutivo individualmente determine. Asimismo, establece la prohibición de ceder o copiar imágenes, salvo en supuestos debidamente previstos.

Además, la Ordenanza establece que "las imágenes obtenidas tienen carácter absolutamente confidencial y las mismas sólo podrán ser requeridas por Magistrados o Fiscales, que se encuentren avocados a la investigación y/o al juzgamiento de causas contravencionales o penales".