Comenzó la veda electoral en Santa Fe: qué está permitido y qué no hasta el domingo
La misma rige desde hoy a las 8 de la mañana, y se extenderá hasta el domingo a las 21, tres horas después del cierre de los comicios.
La provincia de Santa Fe celebrará este domingo 10 de septiembre las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (Paso) para elegir gobernador y vice, diputados, senadores y, en Funes, intendente y concejales. Por lo tanto, como en cada previa a los comicios, la ley electoral establece un tiempo de descanso para los ciudadanos en donde está prohibida la campaña política y también la realización de eventos masivos y la venta de bebidas alcohólicas. Y ese tiempo ya empezó.
La veda electoral rige desde las 8 de la mañana de este viernes para la campaña proselitista en la vía pública y medios de comunicación. Es decir, a partir de ahora ya no se pueden hacer actos públicos y tampoco notas periodísticas en radios, televisión y medios gráficos ni difundir encuestas o sondeos preelectorales.
Además, este año se da la particularidad de que la campaña electoral provincial coincide en parte con la nacional. En este caso, la veda del fin de semana afectará solo a quienes compiten por cargos provinciales (Gobernadores, Diputados, Senadores, Intendentes y Concejales). En tanto que quienes compiten por las candidaturas a Diputados nacionales por Santa Fe, podrán seguir con su campaña, sin hacer referencia a los comicios locales.
En tanto, desde las 20 del sábado, doce horas antes del horario de apertura de las mesas de votación, comienza una segunda etapa de prohibiciones que se mantiene hasta el domingo a las 21, tres horas después del cierre de los comicios.
Entre esas prohibiciones están los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública. Tampoco se pueden vender bebidas alcohólicas, aunque los bares y restaurantes pueden permanecer abiertos.
Con respecto a las salas de cine, no podrán estar abiertas durante el horario de votación, lo mismo que cualquier otra actividad comercial que implique el entretenimiento público.
Los ciudadanos que incumplan la veda electoral pueden ser denunciados por violación al Código Electoral provincial, y sancionados si la Justicia comprueba la falta.
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