Avanza el proyecto de Carolina Losada para incorporar al código penal el delito de venta de niños y niñas
La iniciativa tratada en Comisión viene a saldar una deuda histórica en relación a las sanciones ante esta clase de delitos. Se busca cumplir con el fallo, de hace más de 10 años, que realizó la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La senadora nacional por Santa Fe y vicepresidenta del Senado de la Nación, Carolina Losada, presentó hace 6 meses su proyecto para que sea incorporado al Código Penal Argentino el delito de venta de niñas y niños, una de las iniciativas destinadas a proteger las infancias que lleva adelante.
“La venta de un niño o niña tiene que ser penada con una figura concreta y especial, debido a la gravedad del hecho. Estamos llevando una solución para ese vacío legislativo tan peligroso”, dijo la senadora.
En la actualidad, la legislación vigente no impide penalmente la entrega de un niño o niña a cambio de dinero y otra contraprestación, sino que plantea que sanciones a otros supuestos de hecho como el ocultamiento o supresión de la filiación.
Según lo expuesto en otras comisiones, el proyecto busca crear una figura penal especial para adultos que aproveche la condición de vulnerabilidad de menores para venderlos a cambio de dinero y contraprestaciones, así como existe para casos de violencia sexual.
“La venta de niños afecta de forma directa sus bienes jurídicos fundamentales, como su libertad, su integridad personal y dignidad. Nuestra legislación tiene que estar preparada especialmente para penar a aquellos que cometen esta clase de crímenes tan graves”.
Losada recordó que desde el año 2003, mediante la sanción de la Ley 25.763, Argentina aprueba el Protocolo Relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía, el cual complementa la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, pero no tiene prevista en dicha ley un tipo penal que sancione dichas conductas.
El protocolo al cual Argentina se adhería como Estado Parte, manifestaba entre otras consideraciones la preocupación por la creciente práctica de la venta de niñas y niños, grupo especialmente vulnerable que debía ser protegido jurídicamente. Dentro de las obligaciones establecidas por dicho tratado, Argentina no cumplió con adoptar medidas para que este tipo de conductas queden íntegramente reconocidas en la legislación penal interna de cada país.
“No sólo se desoyó esta obligación legislativa, sino que, luego del caso “Fornerón e hija vs. Argentina”, la Corte Interamericana de Derechos Humanos seguramente a nuestro país tipificar de manera adecuada el delito de venta de niños. Pasaron 10 años de esa sentencia y seguimos esperando”.
“Este proyecto es mucho más que llenar un vacío legal. Es terminar con una deuda que tiene nuestro Estado y ganar una batalla importantísima en la lucha por proteger a las infancias”.
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