Nueva propuesta de Rosúa para mejorar el sistema judicial y reducir demandas
El proyecto busca que los honorarios de los peritos no dependan del monto del juicio y regular su rol con reglas claras y criterios objetivos.
El diputado provincial Martín Rosúa presentó un proyecto de ley que propone modificar el artículo 361 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley N.º 10.160), con el objetivo de establecer una nueva lógica en la regulación de los honorarios periciales.
El eje central de la iniciativa es "romper el vínculo entre lo que cobra el perito y el monto de la pericia o del juicio. De este modo, se busca garantizar su imparcialidad, evitar conflictos de interés y desincentivar una de las lógicas que alimentan la industria del juicio" destacaron desde el entorno del funcionario.
“Es una reforma estructural. Si el perito sabe que su retribución no depende del resultado económico del juicio, puede trabajar con total independencia técnica. Ese es el corazón del proyecto”, explicó Rosúa.
La propuesta también incorpora avances relevantes en términos de previsibilidad y dignidad profesional:
- Se garantiza el carácter alimentario de los honorarios, igualándolos a los de abogados y procuradores.
- Se establece que el perito podrá cobrar por su tarea una vez realizada, sin depender de la sentencia final ni de plazos inciertos.
- Se fijan parámetros objetivos para la determinación del monto: la extensión del trabajo, su relevancia para el proceso y la celeridad en el cumplimiento.
Además, se incorpora un rango de entre 5 y 10 unidades JUS (unidad de honorario profesional establecida para los abogados y procuradores) para los dictámenes efectivamente presentados, y escalas específicas para los casos en los que la causa se cierre antes de realizar la pericia.
“Estamos ordenando una función clave dentro del sistema judicial, dándole claridad, transparencia y protección económica. Y al mismo tiempo, eliminamos incentivos que distorsionan los procesos. Una justicia mejor también se construye desde estos detalles”, concluyó el legislador.
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