No prende en Gran Rosario exigir 2 años de residencia para habilitar comercio
Es un proyecto que impulsa el presidente del Concejo Municipal de Roldán, Diego Pilón, que despertó polémica en el ambiente mercantil. Otro efecto colateral de las nuevas urbanizaciones en la zona.
Municipios del Gran Rosario toman distancia del proyecto de ordenanza en discusión en Roldán de exigirle a los comerciantes que busquen abrir negocios un mínimo de 2 años de residencia.
En el marco de una caída de ventas generalizada en Santa Fe y para que quede en los hombres de negocios de la zona la renta comercial que genera la nueva demanda de productos y servicios provocada por el crecimiento urbano de la zona a raíz de los nuevos loteos, el presidente del Concejo Municipal de Roldán Diego Pilón presentó la iniciativa. Y mientras abogados la tildan de inconstitucional, otras localidades vecinas como Funes, Arroyo Seco, Pueblo Esther y Pérez -algunas de las cuáles según el edil se intentaban instrumentar iniciativas similares- negaron la posibilidad de ejecutar algún planteo de dicho tenor.
"Nosotros encontramos que vienen muchos capitales de afuera, y que al poco tiempo se van y hasta modifican las reglas del juego. Todo eso genera un malestar en la sociedad. Tenemos que tratar de que la inversión que llega a la localidad sea una inversión seria", expresó a punto biz Pirón en su defensa de la iniciativa, que según el propio concejal también se discutió en otros municipios "como Funes o Arroyo Seco".
Lo cierto es que tanto la intendenta de Funes, Mónica Tomei, como funcionarios del área de habilitaciones de Arroyo Seco, negaron de plano que un sistema que exija 2 años de residencia para el comerciante que intenta abrir un local funcione en sus respectivas comunidades. "No se le puede decir que no a alguien que desde el vamos seguramente va a crear fuentes de trabajo, venga del lugar que venga", sostuvo Tomei y agregó que en su ciudad está vigente un régimen de promoción, donde se exime del pago del 70% del Drei a los empresarios que tomen a todo sus empleados en Funes.
"Solo le pedimos un mínimo de residencia a quienes buscan adquirir una chapa de remis, es el único requisito. No creemos viable la posibilidad de limitar el ingreso de nuevos negocios y pensamos que una iniciativa como la que se intenta poner en vigencia en Roldán terminaría por restringir los puestos laborales", fue la postura esgrimida por Marcela Pizanelli, jefa de Habilitaciones de la Municipalidad de Arroyo Seco.
Pero más allá de las posturas de los funcionarios de otras localidades santafesinas que repudiaron el articulado que se intenta aprobar en el legislativo de Roldán, a juzgar por los especialistas, una ordenanza de ese tenor es a priori inconstitucional. "El proyecto rompe un principio fundamental expresado en la Constitución que es la racionalidad. Por supuesto que hay que regular la actividad privada, pero siempre respetando algunos criteros", planteó Maximiliano Torricelli, abogado constitucionalista.
"Por un lado viola el postulado que habilita a ejercer toda actividad comercial lícita, presente en el artículo 14 de la carta magna argentina y por el otro, discrepa con el artículo 75, inciso 12 que estipula que la regulación mercantil es una atribución de Nación", argumentó Torricelli.
Ahora bien, pese a que la posibilidad instrumentar la prerrogativa genera dudas en algunas intendencias de la región y cosecha críticas por parte de algunos referentes en el análisis de los alcances de la Constitución, existen casos donde la legislación está vigente. "Toda persona física o jurídica deberá acreditar una residencia mínima en el Partido de dos años ininterrumpidos con anterioridad al inicio del trámite de habilitación", reza el artículo 22 de la Ordenanza Básica de Comercios que se aplica en el Municipio de Baradero, provincia de Buenos Aires, donde al parecer impera la regulación a partir del interés del Centro de Comercio e Industria de la ciudad.
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