Domingo, 08 de Septiembre 2024
Miércoles, 29 de Febrero del 2012

Dobló en "U", causó un choque y ahora debe indemnizar a la víctima

Un remisero fue condenado a pagarle 134.652 pesos más los intereses de cinco años a un motociclista con el que chocó en 2007. La Justicia falló en contra del chofer del auto porque dobló en "U" en la ruta 9, a la altura de Funes.

Un remisero fue condenado a pagarle 134.652 pesos más los intereses de cinco años a un motociclista con el que chocó en 2007. La Justicia falló en contra del chofer del auto porque dobló en "U" en la ruta 9, a la altura de Funes, y desencadenó el accidente, que la víctima no pudo evitar y le produjo daños y secuelas. Más allá de los montos y la cuestión indemnizatoria, el fallo resulta ejemplificador frente a lo que la jueza Mariana Varela califica como "un relajamiento en cuanto al cumplimiento de las normas".

El choque se produjo el 29 de septiembre de 2007, a las 22, cuando un motociclista que circulaba en el carril a Rosario con una moto Honda Dax de 70 centímetros cúbicos de cilindrada se encontró de golpe con un Volkswagen Polo, conducido por Andrés Sereno, que había doblado en U. Por el impacto, el conductor del ciclomotor, Cristián Loggia, sufrió heridas de consideración que le dejaron secuelas.

"La maniobra de giro en «U» constituye una infracción a las reglas de circulación que denotan imprudencia por parte del demandado al irrumpir intempestivamente en el carril de circulación, provocando inevitablemente la colisión. La intromisión (del chofer) en la circulación (del motociclista) quien contaba con la prioridad del paso, es claramente una maniobra peligrosa", puede leerse en el fallo.

El Tribunal de Responsabilidad Extracontarctual Nº 1 tuvo en cuenta la pericia médica practicada por el doctor Ricardo Orallo, que arroja una incapacidad "parcial y permanente consolidada del 25 por ciento de la total vida", además de hacer un pormenorizado detalle de las lesiones sufridas por el motociclista. La víctima debió ser internada, anestesiada, intervenida quirúrgicamente, sometida a reposo absoluto, utilización de muletas para deambular y rehabilitación kinesioterápica. El perito estimó que "la presencia de material extraño como el clavo endomedular puede producir consecuencias no deseables como una nueva intervención en caso de remoción o reemplazo".

El Tribunal consideró también la edad de la víctima y su condición de hombre joven (34 años), que debió estar internado en un centro asistencial, sometido a intervención quirúrgica, a terapias de rehabilitación, que trabajaba al momento del hecho en una cadetería y realizaba tareas de mantenimiento de piletas y jardines.

Los daños. Para establecer la indemnización, la Justicia mesuró el valor de la reparación del daño, el lucro cesante y el daño moral. Respecto de este último punto, los jueces consignaron en el fallo: "Es un hecho normal que una persona que sufre una caída con fractura y posterior intervención quirúrgica, que ha debido guardar reposo y detener su actividad normal, para iniciar luego la rehabilitación y que ha quedado con secuelas incapacitantes permanentes, padece una aflicción que se encuentra comprendida en el daño moral". También incluyeron los rubros "gastos farmacéuticos", internación y daños materiales a la moto.

Aunque no existen datos oficiales que permitan mensurar el problema en toda su dimensión, es sabido que detrás de las miles de muertes por accidentes de tránsito hay una masa anónima considerablemente mayor de víctimas no fatales que nunca llegan a engrosar las estadísticas.

La Asociación Luchemos por la Vida hablaba hace algunos años de 6.672 muertes anuales contra "unos 120 mil heridos de distinto grado y miles de discapacitados". Un agujero negro de lisiados, incapacitados motrices y víctimas morales. Historias de vida que pasan de largo. El fallo por un accidente que no tuvo muertos pero sí un hombre joven con secuelas de aquel hecho saca a la luz estas historias que ni siquiera llegan a las páginas de los diarios.