Viernes, 19 de Abril 2024
Martes, 26 de Junio del 2012

La deuda en la auditoría de corte está inflada

La deuda en la auditoría de corte está inflada
I. DE LA DEUDA SOCIAL NO EXIGIBLE

Como se ha dado a conocer públicamente, la auditoría de corte encargada por el Municipio de Funes al día 12-12-2011 arrojó una deuda total o déficit financiero de $ 10.154.840, adeudándose a dicha fecha por el concepto de remuneraciones, el monto de noviembre correspondiente al personal monotributista, tal como lo señala el mismo informe.

Lo que no se entiende es que esté incluida en la deuda informada al corte del día 12/12/2011, una "Deuda Social no exigible" por un monto de $ 2.338.188 que refiere a los gastos en personal del mes de diciembre 2011 (remuneraciones, sueldo anual complementario, aporte y contribuciones). 
Preguntamos: ¿no es el "Objeto" de la auditoría, según el informe, el siguiente: "Arqueo de fondos y valores, corte de documentación y registros, y cierre de libros en la Municipalidad de Funes al 12 de diciembre del 2011" (sic)? 

A esa fecha seguramente no había liquidación de haberes, ni registros ni libro alguno en la contabilidad municipal que reflejara el gasto en personal de diciembre 2011 y su cuantificación. Por lo tanto, la única explicación posible es pensar que se quiso destacar un importe mayor adeudado a la fecha de corte.

Ni el más radical de los sindicalistas podría reclamar el día 12 de un mes determinado, la remuneración y los aportes y contribuciones de ese mes en curso. Básicamente todos sabemos que el sueldo se cobra a mes vencido, trabajado, no por adelantado, por tal motivo los gastos en personal  de diciembre ni siquiera estaban devengados al día 12/12/2011; es aventurado decir el día 12 cuánto serán los gastos en personal cuyas novedades se toman hasta el día 30 (o 25, según la mecánica de liquidación de haberes). Lo correcto sí es incluirlo al 31-12-2011. 

Entonces, la cuenta que corresponde hacer es:
Deuda determinada por la Auditoría de Corte al 12-12-2011 $ 10.154.840
Menos
Gastos en personal del mes diciembre 2011 $ -2.338.188
Total de deuda o déficit  financiero al 12/12/2011 $  7.816.652

Cabe preguntarse además el motivo por el cual, si se aplicó el criterio de incluir a fecha de corte los gastos de sueldos de diciembre, por qué no se incluyeron los recursos de diciembre que se perciben los primeros días de enero. Se puede argumentar correctamente que el hecho de no estar percibidos al 12-12-2011 de por sí avala su no inclusión. Es entendible, pues es el mismo argumento desarrollado aquí para no tener en cuenta gastos en personal no devengados (diciembre 2011) dentro del déficit financiero. 

II. DE LA DEUDA NO EXIGIBLE POR CONVENIOS Y PRÉSTAMOS.

Manifestamos que la "Deuda no exigible por convenios y préstamos", en cuanto a las cifras más significativas incluidas en el déficit final, son las que siguen y se aclara su origen y estado:

1. Regimen de compensación de créditos y deudas $ 1.698.385 (2)
2. Promudi $    270.433 (4)
3. DPVyU   $      94.969 (3)
4. Caja de Jubilaciones $      82.015 (1)
TOTAL $    2.145.802 (5)  

La que corresponde al punto 1. Refiere a un régimen de compensaciones de créditos y deudas entre la provincia y los municipios de Santa Fe, con fecha de corte del año 1995. Sí, deudas anteriores al año 1995 que, consolidado dicho régimen legal en el año 2005 por ley provincial 12.397, determinó los saldos deudores o acreedores de cada municipio. El saldo deudor del municipio de Funes se determinó en $ 2.066.841 y comenzó a cancelarse por el mecanismo previsto de descuento automático de la coparticipación una cuota mensual de base variable por un porcentaje fijo. Al 31-12-2011 se cancelaron 72 cuotas (por ejemplo, en el mes de octubre 2011 según balance de tesorería se pagó $ 9.909). No existe atraso en las cancelaciones.

El punto 2 refiere a distintas operaciones de préstamo con financiamiento internacional a través de la ejecución de Programa Municipal de Inversiones, con intervención de unidad ejecutora provincial, tribunal de cuentas de la provincia en el mecanismo de adjudicación, sujeto su contratación a la normativa de contrataciones de la provincia y, lo más importante, se ha tomado préstamo o endeudamiento para bienes de capital, básicamente se ha comprado maquinarias o rodados. Previamente, la provincia evalúa la capacidad de endeudamiento del ente municipal. Para saber cuánto se paga, por ejemplo, la cuota de amortización Promudi del mes de octubre 2011 es de $ 17.803, porque se refiere a más de una operatoria. En general son préstamos en pesos con cuota a 36 meses y un interés del 10,58% (aunque la tasa es variable, con ajuste cuatrimestral). Se descuenta de coparticipación. No existe atraso en las cancelaciones.

El punto 3, es un endeudamiento con la Dir. Provincial de Vivienda para la refacción en  2005 de la planta baja del edificio municipal, préstamo totalmente conveniente por el plazo del mismo y el interés, se cancela con cuotas mensuales que se descuenta por coparticipación. La cuota es de $ 1.500 aproximadamente. Por supuesto, no existe atraso en las cancelaciones.

El punto 4, son Convenios por aportes y contribuciones celebrados con  la Caja de jubilaciones de la provincia. En los años 2004 y 2005 se han celebrado tres, quedando pendiente sólo dos de ellos, los cuales se firmaron  a 120 cuotas con un interés anual del 6%. Refieren a deudas de aportes y contribuciones de años posteriores al del Régimen de compensación y hasta noviembre de 2003, por resultar necesario oportunamente rectificar la información de los períodos comprendidos, por ejemplo por error no se informó algunos legajos de personal en uno o dos meses, o el aporte correspondiente al aguinaldo, etc. Monto mensual de ambos convenios, aproximadamente $ 1.800. No existe atraso en su pago.

¿Qué cifra tendríamos de déficit financiero o deuda si al total arribado en el Apartado I del presente, es decir la suma de $  7.816.652 , le descontáramos el endeudamiento derivado de gestiones anteriores, como lo son los aportes y contribuciones de IAPOS y Caja de Jubilaciones incluidos en los Convenios con la Caja de Jubilaciones(1)  y el Régimen de compensaciones (2) del cual ya se ha hablado, y además le descontáramos aquella deuda contraída no para compromisos corrientes sino para construcciones (3) y bienes de capital (4)? Bueno, llegaríamos a $ 5.670.850.
 
III. DE LA DEUDA CON CAJA DE JUBILACIONES E IAPOS

Por todos los montos adeudados hasta el año 1995, se encuentra saneada o consolidada la deuda por aplicación del ya descripto Régimen de Compensaciones de Créditos y Deudas.

Por los períodos siguientes de IAPOS y Caja de Jubilaciones,  se encuentran al día los pagos por cancelarse vía descuento de coparticipación, mecánica que es aplicada dentro de la esfera del gobierno provincial, con intervención de Contaduría General y Tesorería general de la Provincia, para todos los Municipios y comunas. Existe un "desfasaje" entre los períodos devengados y los cancelados (descontados), en razón de los tiempos mismos de la administración pública. Es decir, con la 2da. Quincena de cada mes (que ingresa los primeros días del mes siguiente) se afectan los descuentos de coparticipación, y existe un desfasaje en IAPOS de dos períodos y CAJA DE JUBILACIONES de tres períodos. 

No existe entonces atraso en las cancelaciones, sino más bien una modalidad u operatoria administrativa que admite un "desfasaje" entre los períodos devengados y los descontados o pagados.